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Soy conductor de moto: ¿cómo me afecta el estado de alarma?

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Las limitaciones de movilidad concretadas durante el estado de alarma hacen que muchos conductores de moto tengan dudas, tanto acerca de los desplazamientos permitidos como de las gestiones que podrán realizar en este período de tiempo.

El estado de alarma decretado en nuestro país es una situación excepcional. Como tal, genera dudas en lo que respecta a hábitos que hasta ahora veíamos como cotidianos.

Como conductor de moto, seguramente te encuentres en esta misma situación y te preguntes qué pasa ahora con tus desplazamientos, con tu seguro o con otros trámites como la ITV o la renovación de tu permiso de conducir.

Vamos a resolver las dudas más frecuentes a continuación.

¿Qué desplazamientos puedo hacer en moto según las restricciones actuales?

Durante el estado de alarma, la libertad de circulación se limita únicamente a causas justificadas, por lo que deberás tenerlo en cuenta antes de coger tu moto para desplazarte.

Los motivos por los cuales se permite hacer desplazamientos son:

  • Para adquirir alimentos, productos farmacéuticos u otros artículos de primera necesidad.
  • Para asistir a centros y servicios sanitarios u hospitales.
  • Si el desplazamiento es al lugar de trabajo para desarrollar nuestra actividad profesional.
  • Para regresar a nuestra residencia habitual.
  • Si necesitamos asistir o cuidar a mayores, menores de edad, personas dependientes, vulnerables o con discapacidad.
  • Para acudir a entidades financieras o cajeros automáticos.
  • Debido a otras causas de fuerza mayor o necesidad.

Ten en cuenta especialmente si usas moto que solo se permiten los desplazamientos de forma individual: esto significa que bajo ningún concepto podrás llevar acompañante, salvo que se trate de una persona con algún tipo de discapacidad o sin carnet de conducir. Aún así, recuerda que debes justificar siempre este tipo de desplazamientos para evitar sanciones.

¿Qué pasa si caduca mi carnet de conducir durante el estado de alarma?

El caso es que no podrás renovarlo durante este período de tiempo, puesto que se han suspendido los trámites administrativos, incluyendo las renovaciones de DNI, pasaporte y carnet de conducir.

Si tu carnet ha caducado o caduca durante el estado de alarma, no tienes de qué preocuparte: según el Real Decreto, «El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo". Esto quiere decir que mientras esté vigente el estado de alarma será como si no contase el tiempo de caducidad de tu permiso de conducir.

Eso sí, si tu carnet ya estaba caducado con anterioridad a estas circunstancias, es posible que no te libres de la correspondiente de multa por no haberlo renovado a tiempo, antes de este estado excepcional.

¿Estoy obligado a pasar la ITV de mi moto durante la cuarentena?

Además de la suspensión de trámites administrativos, durante la vigencia del estado de alarma en nuestro país se han cerrado las estaciones de ITV. De esta forma, los trámites relacionados con las inspecciones de vehículos también se suspenden de forma temporal para evitar más casos de contagios por coronavirus.

Esto quiere decir que, si tenías la obligación de pasar la ITV de tu moto a lo largo de estas semanas, estarás exento de hacerlo mientras dure el estado de alarma sin que ello te impida circular teniendo en cuenta las restricciones de movilidad actuales.

¿Puedo dar de baja mi seguro de moto si no voy a utilizarla?

Aunque mientras estén vigentes el estado de alarma y las restricciones de circulación actuales no vayas a utilizarla, tanto tu moto como cualquier otro vehículo deberá tener un seguro de responsabilidad civil.

Disponer de un vehículo sin ningún tipo de seguro asociado puede implicar una sanción económica de hasta 3000€ además de la inmovilización del mismo durante uno o hasta tres meses. Para poder recuperar nuestra moto, en este caso sería necesario, además de correr con los gastos del «cepo" y el depósito correspondiente, demostrar que ya dispone de un seguro asociado.

No podrás por tanto dar de baja el seguro de tu moto durante el estado de alarma aunque no vayas a usarla. Una cosa muy distinta es que quieras cambiar de póliza o de aseguradora debido a las circunstancias actuales.

¿Puedo cambiar de compañía aseguradora durante el estado de alarma?

Es normal que nos planteemos (o quizás que nos animemos a hacerlo si ya lo habíamos pensado) cambiar de aseguradora para conseguir ahorrar en nuestro seguro de moto. Quizás sea el mejor momento, teniendo en cuenta que probablemente no vayamos a usarla durante las restricciones en la libre circulación durante el estado de alarma.

Cambiar de compañía de seguros sí está permitido durante el estado de alarma, y además es algo que puede hacerse cómodamente desde casa. Nuestras recomendaciones si vas a solicitar la baja en tu aseguradora actual durante el estado de alarma son las siguientes:

  • Contacta a tu compañía aseguradora vía telefónica o a través de mail, evitando los desplazamientos durante la cuarentena, por el bien de todos.
  • Haz que conste tu deseo de baja por escrito, aunque se lo comuniques a tu compañía por teléfono: podrás hacerlo por email, adjuntando una copia de tu DNI y de tu póliza actual, o la documentación que tu aseguradora te solicite.
  • Recuerda que es necesario solicitar la baja en tu seguro con un mes de antelación como mínimo, para que se haga efectiva en el mes siguiente. Tenlo en cuenta a la hora de solicitar un seguro nuevo para evitar quedarte sin cobertura en ningún momento.
  • Para saber qué seguro de moto es la que más te conviene según tus necesidades, ayúdate de un comparador de seguros de moto donde poder ver diferentes tarifas según tu caso individual.
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