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Cobertura del seguro con niños en moto

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Te informamos de la información básica sobre seguros de moto y la normativa vigente en materia de niños como acompañantes en moto.

Dependiendo del grado de parentesco que tenga con el conductor con un menor de edad, podrán existir variaciones en la edad legal del niño para circular como acompañante. Si el conductor es su madre, padre o persona autorizada, a partir de los 7 años el niño podrá circular como acompañante en moto. En el caso de que no cumpla ninguno de estos requisitos, la edad mínima asciende hasta los 12 años.

La cobertura básica en seguros de moto consiste en el seguro de responsabilidad civil, que cubre al acompañante de la moto tanto en caso de que sean adultos como menores de edad -siempre y cuando cumplan las condiciones anteriormente indicadas-. Es conveniente contratar un seguro de asistencia a acompañantes en nuestro seguro de moto, sobre todo si solemos viajar con niños en moto. Puedes contratarlo hoy mismo calculando tu seguro de moto en el comparador.

Para que la cobertura del seguro de moto incluya al acompañante, debe estar homologada para cumplir esta función. En el caso de que no exista una homologación oficial de que la moto es apta para llevar acompañantes o porte más de los permitidos, el seguro no cubrirá la asistencia de los mismos en caso de accidente. Por tanto, debemos cerciorarnos de cumplir estas condiciones para que esté adaptado nuestro seguro de moto para niños como acompañantes.

Medidas para circular con niños en moto

Además de los requisitos de edad y las particularidades que hemos indicado, se deben cumplir una serie de condiciones para poder circular con menores de edad o niños en moto. En caso de no cumplir con estas medidas, el conductor estará exponiendo al niño a un enorme riesgo, además de infringir las normas de circulación vial y enfrentarse a penalizaciones. Ante todo, se exige un plus de prudencia y responsabilidad.

Las medidas que se deben cumplir a la hora de circular en moto con niños son las siguientes:

  • La moto debe contar con homologación para llevar acompañantes, es decir, contar con dos plazas: una para el conductor y otra para el acompañante.
  • La restricción de edad es la siguiente: debe tener más de 7 años si el conductor es su padre, madre o tutor legal; en el caso de que el conductor no sea ninguna de estas figuras, la edad mínima asciende hasta 12 años.
  • El niño que circula en moto debe llevar un casco homologado y de un tamaño adecuado para sus proporciones.
  • El acompañante menor de edad debe ubicarse detrás del conductor y con los pies ubicados en los reposapiés laterales o un accesorio para adaptar esta posición.

 

 

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